ESCUDO HERÁLDICO DE HOLGUERA

domingo, 14 de marzo de 2010

CONSEJERÍA DE PRESIDENCIA Y TRABAJO
ORDEN de 23 de julio de 1986, de la Consejería de la Presidencia y Trabajo por la que se aprueba el Escudo Heráldico Municipal, para el Ayuntamiento de Holguera (Cáceres).

El Ayuntamiento de Holguera, ha instruido expediente administrativo para la adopción de Escudo Heráldico Municipal. Dicho expediente fue aprobado por el Pleno Corporativo, en sesión de 22 de febrero de 1986, en el que se expresaban las razones que justificaban el dibujo-proyecto del nuevo blasón.
Constan en dicho expediente informe favorable de la Real Academia de la Historia, emitido el día 27 de junio del presente año, así como el informe favorable de la Excma. Diputación Provincial de Cáceres de fecha de 17 de julio de los corrientes.
Considerando que la sustanciación de citado expediente se ha ajustado en todo a los artículos 122.11 y 301 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Corporaciones Locales, y en uso de las atribuciones conferidas por la norma 3.1 del Real Decreto 2641/82 de 24 de julio, sobre transferencias de competencias.

D I S P O N G O

ARTICULO ÚNICO. – Vengo en aprobar el Escudo Heráldico del Municipio de Holguera,,con la siguiente descripción:
«Escudo partido. 1º, de gules, dos calderas jaqueladas de oro y sable, gringoladas de seis cabezas de sierpes de sinople cada una y puestas en palo. 2º, de oro, dos encinas de sinople, puestas en palo. Al timbre. Corona Real Cerrada”.

Dado en Mérida a 23 de julio de 1986.
El Consejero de Presidencia y Trabajo.
JESÚS MEDINA OCAÑA.
D.O.E. 5 de agosto de 1986.

HOLGUERA